Quejas y consultas | Recuerde que ley prevé que se le deben informar al consumidor las fechas en que empieza y termina la oferta,
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Las promociones que nos plantean a través de los medios y en los establecimientos de comercio son ofertas temporales en condiciones más favorables, destinadas a incentivar al consumidor para que adquiera los productos ofrecidos.
En el campo de los vehículos consiste en rebajas de precios, planes financieros muy favorables en cuotas o tasas de interés, accesorios incorporados sin ningún costo, y toda suerte de halagos, que bien podían incluir el pago de unas buenas vacaciones al final del camino, en la Guajira, Pasto, Cúcuta o allende las fronteras.
Obliga al oferente según lo anunciado en la promoción, en forma objetiva, y si no destacó las restricciones con la misma notoriedad que los demás elementos del mensaje, o se le olvidó mencionar alguna circunstancia de modo, tiempo o lugar que restringe la promoción, se le exigirá que cumpla en la forma que un consumidor medio como nosotros entiende las cosas al ver la promoción.
A veces las personas creen que tienen derecho a la promoción que salió días después de haber cerrado el negocio de compra del vehículo en el concesionario, y le reclaman al Asesor Comercial que los atendió porque los habría engañado al no decirles que unos días más tardes podían adquirirlo en condiciones más favorables, lo cual es una injusticia porque el último en enterarse es el Asesor Comercial.
Del mismo modo que la ley prevé que se le deben informar al consumidor las fechas en que empieza y termina la oferta, para que no se apure mucho si no es necesario, al concesionario esa norma lo protege de esa clase de reclamos, porque la promoción únicamente obliga a partir del día en que empieza, y nunca antes.
Es importante que en las restricciones de la promoción se le indiquen claramente al consumidor los requisitos que deben cumplir para acceder a ella. Por ejemplo: si para obtener el beneficio el negocio debe estar completamente cerrado, con el crédito aprobado o el pago total del precio, la matricula y la entrega del vehículo al comprador. Los negocios que queden ¨acaballados¨ en cualquiera de esos pasos, no aplican para la promoción, pero hay que decirlo claramente.
Hacer promociones es fácil, lo difícil es saberlo decir completa y sin claros oscuros.
Asesoría de Rodrigo Bueno Vásquez, abogado experto en Derecho del Consumidor de Vehículos.
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