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Multas desde 119 mil por no pagar el impuesto a tiempo
Hacerse 'el de las gafas' conduce desde sanciones hasta embargos o la cárcel para el moroso.

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El impuesto sobre vehículos automotores es una contribución que deben pagar todos los propietarios de carros y motos, tanto particulares como públicos, del país.

Aunque la obligación ofrece un incentivo del 10 por ciento de descuento en su primera fecha y la opción de pagar sin sanción hasta mediados de año, los deudores esperan que las autoridades se 'olviden' del retraso, lo cual nunca sucede.

Las medidas de pago y control

Para Harold Ferney Parra, director de rentas de la Gobernación de Cundinamarca, las sanciones se encaminan en dos frentes diferentes: un primera medida es el cobro de una multa por no pagar dentro de las fechas estipuladas y la segunda es la solicitud cobro y embargo por parte del juzgado de ejecuciones fiscales encargado. Esto como última medida.

'En un primer momento, el contribuyente se hace merecedor de una sanción de extemporaneidad equivalente al 5 por ciento del mes o fracción de mes a cargo, que no podrá ser inferior a la sanción mínima vigente. Esta sanción para los vehículos matriculados en Cundinamarca es de 5 UVT -Unidad de Valor Tributario-, es decir, 119 mil pesos.'

Si el propietario del vehículo deja pasar la última fecha de pago, que para este año fue el 12 de junio, el caso se expone ante la administración departamental que procede a expedir la liquidación oficial de la deuda y la resolución donde se especifican las medidas a seguir y las sanciones.

Luego de tramita la deuda en el juzgado de ejecuciones fiscales para que inicie el proceso de cobro y decrete el embargo de los bienes de la persona.

'Este proceso judicial no se lleva a cabo sin antes enviar una notificación de cobro a los deudores. Para este año se expidieron 100 mil invitaciones de pago con un término de vencimiento de 10 días.'

'Luego de este tiempo se procede a liquidar, cobrar y sancionar. En caso de que la persona llegue a las últimas consecuencias del proceso, se embargarían sus cuentas, salarios y finalmente, el vehículo.'

Además de estas medidas, sin el pago de los impuestos respectivos un vehículo no se puede vender y las autoridades de tránsito no autorizarían ni registrarían su traspaso. En general, el no pago impide cualquier trámite de registro del vehículo.

Protección a vendedores

Con el ánimo de beneficiar a los vendedores de vehículos que no realizaron el traspaso y que se ven obligados a pagar el impuesto del vehículo que ya no les pertenece, el Ministerio de Transporte expidió la Resolución 5194 del 2008 que establece la posibilidad de cambiar el propietario y sanear la situación del vendedor inocente.

Tenga en cuenta

Fechas

Descuentos

Hasta el 4 de mayo de 2009

10% de descuento sobre el impuesto a cargo

Hasta el 12 de junio de 2009

Sin descuento ¿ sin sanción

Después del 13 de junio de 2009

Sanción de 5% del mes o fracción de mes

Para mayor información comuníquese a la Línea de Atención Telefónica al Contribuyente sobre Impuestos de Vehículos: 749 18 61 - 749 18 81 ó ingrese a www.cundinamarca.gov.co

 

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