Trámite
- Autorización escrita del concesionario, importador o propietario con su firma y huella, y la del autorizado, cuando el trámite no se realice personalmente.
- Original Formulario Único Nacional (FUN) completamente diligenciado, con improntas (estas deben colocarse directamente adheridas al formulario), firmas y huellas.
- Fotocopia simple del pago de impuesto del vehículo del año en curso (autoavalúo), para lo cual se podrá presentar alguno de los siguientes documentos:
- Formulario único de impuestos sobre vehículos automotores, con sello de pago visible y autoadhesivo de la entidad receptora.
- Copia de declaración y pago electrónico del impuesto sobre vehículos automotores o,
- Formulario para la declaración sugerida del impuesto de vehículos automotores (impreso desde Internet) con sello de pago visible y autoadhesivo de la entidad receptora.
Cuando la Secretaría de Hacienda no proporcione la copia de la declaración y pago electrónico del impuesto sobre vehículos automotores, se puede recibir el tabulado del detalle del pago de impuestos extraído de la página web de la Secretaría de Hacienda, donde se refleje el pago realizado.
- Fotocopia simple del Seguro Obligatorio (SOAT) vigente.
- Original del recibo de pago de derechos del trámite respectivo.
- Cuando en el trámite intervengan personas jurídicas, original o fotocopia simple del certificado de existencia y representación expedido por la Cámara de Comercio, la Superintendencia Bancaria o de Sociedades, Alcaldía u Organismo público, con no más de 90 días calendario de expedido.
- Fotocopia de la Licencia de tránsito (tarjeta de propiedad) o la denuncia por pérdida.
- Entregar el original de la Licencia de tránsito y las placas del vehículo o denuncia por pérdida o hurto, al reclamar el trámite procesado.
Adicionales vehículo de servicio público urbano (para efectos de reposición)
El modelo del vehículo debe ser el del año en el cual se hace la solicitud para radicar cuenta. Los vehículos fabricados el año inmediatamente anterior, podrán radicar cuenta hasta el 31 de mayo del año en curso.
- Carta de aceptación de la empresa que recibe el vehículo.
- Documento que acredite la cesión del cupo de servicio público, con reconocimiento notarial, cuando la reposición no la efectúe el propietario del cupo.
Para vehículos de radio de acción urbano, el usuario debe gestionar previamente la autorización de capacidad transportadora.
NOTA: Los requisitos para este trámite aplican para todo el país, aunque algunas dependencias de Tránsito municipales o departamentales podrían exigir algún documento adicional.