Revise el cubrimiento de la garantía de su carro

Ene 11, 2024
Redacción Carroya.com
Foto: 123rf.com

Revise el cubrimiento de la garantía de su carro antes de comprarlo.

Respuesta: Como es sabido, los productores (importadores/ensambladores) gozan de cierta libertad al construir la garantía de fábrica de los carros nuevos que ponen en el mercado, pues los requisitos sobre lo que debe contener la garantía que aparecen en el Estatuto de Protección al Consumidor y la Circular Única de la SIC son muy básicos, y se limitan a establecer en general la obligación de reparar, suministrar repuestos y prestar asistencia técnica al propietario.

Sin embargo, los productores deben por mandato legal precisar en el certificado que le entregan al cliente ¨... las condiciones de atención de la garantía y del servicio de postventa especificando los canales de distribución establecidos y autorizados donde podrán hacerse efectivos¨, como quien dice, deben indicarle al cliente a donde podrán llevar su vehículo para que le hagan reparaciones por garantía o le presten servicio de mantenimiento.

La garantía del vehículo ya sea para carros o camionetas es uno de los factores que más pesa a la hora de decidirse por un modelo, una marca, un concesionario... una forma de vida, y entre más amplia sea su cobertura en la geografía nacional es más probable que compre el vehículo, prefiriéndolo a otros de similares características y precio.

En el certificado de garantía el productor debe informar donde están ubicados los concesionarios o los talles autorizados de la marca a los cuales el cliente podrá llevar su vehículo, o mencionar la página web que podrá consultar para saber dónde están esos puntos de atención por garantía y mantenimientos.

Cuando el concesionario o el taller autorizado efectúan una reparación por garantía sin costo para el cliente, todos los gastos por mano de obra y repuestos los cubre el productor, para lo cual le envían, la correspondiente factura por el servicio prestado al vehículo, que está sujeta a aprobación final y pago.

Los servicios por garantía le reportan alguna utilidad a los concesionarios y talleres autorizados, pero éstos son poco amigos de atender aquellos casos en que la falla reportada por el cliente es muy compleja (ruidos casi inaudibles, excesivo consumo de combustible, deterioro de la pintura  por causas desconocidas, sistema electrónico, etc), pues se pueden ver envueltos en problemas si no aciertan en el diagnóstico o los repuestos se demoran en llegar.

Entonces optan por decirle al propietario del vehículo que debe solicitar el servicio por garantía en el concesionario que se lo vendió que a veces está al otro lado del país, lo cual implica un incumplimiento del compromiso de la garantía del fabricante.

No es fácil para algunas marcas hacer que las cosas funcionen mejor, pero algún día algún cliente de esos que se leen juiciosamente la letra de los documentos, se va a quejar a la SIC porque le negaron el vehículo para que lo trajera hasta el concesionario que se lo vendió, siendo que  existía la obligación de darle servicio en el lugar en que se encontraba de viaje, y en ese momento sabremos si la norma de prestar servicio por garantía en los sitios indicados en el certificado es una recomendación o es una obligación legal.

 

Asesoría de Rodrigo Bueno Vásquez, abogado experto en Derecho del Consumidor de Vehículos.

 




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