¿Cómo 'engorda' cada galón de gasolina?

Oct 23, 2014

El precio de la gasolina corriente se va alimentando poco a poco hasta llegar a la estación de servicio.

 

Antes de llegar al mayorista:

 

1.Se calcula el ingreso al productor, el cual determina mensualmente el Ministerio de Minas y Energía.

 

2. Se le añade el IVA del 16 por ciento, de acuerdo con lo estipulado por la Ley 633 del 2000.

 

3. Se le aplica el impuesto global que aplica ya sea para un automóvil o para una moto, que es un valor fijo anual establecido por la Ley 681 del 2001.

 

4. Se llega a una tarifa de marcación de los combustibles.

 

5. Se calcula la tarifa de transporte, que equivale al costo máximo de llevar el líquido a través del sistema de poliductos o vehículos para la distribucion de menor rango.

 

6. Todo lo anterior se suma y se obtiene el precio máximo de venta al distribuidor mayorista.

 

Antes de llegar al minorista:

 

7. El mayorista calcula un margen al distribuidor correspondiente al margen máximo reconocido a su favor: 8,5 centavos de dólar por galón, por las ventas de gasolina corriente y 9 centavos de dólar por galón para el ACPM.

 

Aquí se tienen en cuenta factores como las inversiones en infraestructura, los gastos administrativos, pérdidas por evaporación y los costos de los aditivos.

 

El precio se calcula teniendo en cuenta la TRM vigente para los primeros 25 días del mes anterior.

 

8. Se establece el precio máximo en planta de abasto mayorista (Puente Aranda, por ejemplo), sumando los primeros siete puntos de este paso a paso.

 

9. Se calcula el margen al distribuidor minorista, el cual aun no incluye el transporte desde la planta de abasto hasta la estación de servicio.

 

10. Se tiene en cuenta la pérdida por evaporación en la gasolina corriente.

 

11. Se le añade el transporte de la planta de abasto mayorista hasta la estación.

 

12. Una vez en la EDS, se llega al precio máximo de venta al público teniendo como base los cuatro puntos anteriores.

 

13. A ese precio se le añade la sobretasa, que para la gasolina corriente es del 25 por ciento del precio de referencia establecido por el Ministerio de Minas y Energía y para el ACPM es del 6 por ciento.

 

14. Los dos puntos anteriores determinan el precio de venta al público, y a partir de allí, las EDS hacen uso de las figuras de libertad vigilada y libertad controlada.

  

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EL TIEMPO Sección Vehículos / Revista Motor -www.motor.com.co

 

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