Derechos y deberes de la “Responsabilidad Civil” en un accidente de tránsito

Jul 05, 2019
Redacción Carroya.com
Existen 3 tipos de póliza en caso de responsabilidad civil por siniestro

Foto: 123RF

Al sufrir y ser el directo responsable de un accidente de tránsito, usted como conductor del vehículo puede verse obligado a declarar ante las autoridades competentes y ante los afectados del hecho, con el fin de responder por las consecuencias materiales e inmateriales que produjo y así reparar los daños del mismo.

Pero… ¿Qué es la Responsabilidad Civil?

Es la deuda u obligación de pagar los daños ocasionados mediante el patrimonio propio o de un tercero.

La Responsabilidad Civil busca amparar dos tipos de daños:

  • Daños patrimoniales: Hace referencia a todo menoscabo o detrimento que se produce en los bienes de una persona en su patrimonio. Éstos son susceptibles de una valoración económica. Por lo tanto, deben ser indemnizados según estas valoraciones que fácilmente puede cuantificar el perjuicio, frente a un daño imputable a dolo o culpa, o frente a un incumplimiento contractual.

  • Daños extrapatrimoniales: Se genera con el daño a un tercero como consecuencia de actividades que crean riesgos a personas ajenas a la misma.

Para ello, es necesario mencionar las distintas modalidades de seguros que se pueden contratar, en este caso, clasificados de la siguiente manera:

1. Póliza de seguro a terceros. Esta modalidad también se suele llamar “póliza de responsabilidad civil obligatoria”, basada en las condiciones mínimas requeridas legalmente para que un carro o moto pueda circular. Allí se cubren los daños a terceros que el asegurado pueda causar.

No olvide que como propietario del vehículo accidentado y no culpable, tiene derecho a pedir la reparación del mismo, que se llevará a cabo previo peritaje. No obstante si no desea reparar el vehículo o el valor de la reparación es mayor, tendrá derecho a que se le indemnicen todos los daños causados teniendo como tope el valor actual del vehículo.

2. Póliza de Seguros todo riesgo. También llamados “seguros de responsabilidad civil voluntaria”, porque además de cubrir los daños básicos de la responsabilidad civil obligatoria, también cubre daños propios del asegurado. En este tipo de seguro están cubiertos los daños al vehículo aunque estuviera parado o circulando.

Por supuesto cubre daños personales del conductor y de los ocupantes sin discriminación alguna. Existen varios rangos dependiendo del nivel de los mismos:

  • Indemnizaciones por muerte.

  • Lesiones permanentes o incapacidad temporal, absoluta, total o gran invalidez. Para ello también se tendrá en cuenta el tiempo de incapacidad de la persona, posibles secuelas y heridas.

3. Póliza de seguros SOAT. Solo se centra en los daños personales que se puedan causar en un accidente de tránsito. Mediante esta póliza quedan asegurados tanto el conductor como los ocupantes y peatones. Realmente se trata de una especie de seguro todo riesgo pero que solo cubre a daños personales y no materiales.

La modalidad de seguros todo riesgo es la más recomendada, no solo porque cubre todos los daños al vehículo, sino también cubre los daños personales del conductor y sus ocupantes a pesar del nivel de culpabilidad en el siniestro.


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