¿Por qué se llevará a cabo el día sin carro en Bogotá?

Feb 06, 2019
Redacción Carroya.com
Foto: 123rf.com

Este jueves 7 de febrero, se llevará a cabo el primer "Día sin carro y sin moto" del año 2019 en Bogotá, el cual regirá desde las 5:00 a.m. hasta las 7:30 p.m. buscando reducir la contaminación y motivar el uso de la bicicleta.

La Alcaldía garantiza que se dispondrá de 12.300 cupos de cicloparqueaderos, de los cuales 5.260 están ubicados en 22 puntos del sistema TransMilenio, se habilitarán los corredores de ciclovía en vías como la carrera 7ª, la avenida Boyacá, las calles 26 y 116 y se dispondrá del apoyo de 200 guardianes de la ciclovía que ayudarán en la movilidad de los ciclistas. 

Con esta actividad se estima que dejarán de circular unos 2 millones de vehículos, razón por la cual el Distrito habilitará rutas adicionales de TransMilenio y SITP (1.434 articulados, 348 biarticulados y 261 duales ecológicos).

Las personas que no acaten la restricción tendrán que pagar una multa de $414.100 y, además, les será inmovilizado el vehículo.

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Los vehículos exentos de esta medida son:

-Vehículos de transporte público.
 
-Vehículos y motocicletas conducidos por personas en condición de discapacidad o como transporte.
 
-Vehículos y motocicletas de emergencia.
 
-Vehículos de transporte escolar de propiedad de instituciones educativas y únicamente cuando sean empleados para el transporte de los estudiantes.
 
- Vehículos de transporte con capacidad para movilizar más de 10 pasajeros.
 
 
- Vehículos y motocicletas destinados a operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios.
 
- Vehículos y motocicletas destinados al control del tráfico y las grúas de la Secretaría de Movilidad.
 
- Caravana presidencial.
 
- Vehículos y motocicletas militares, de Policía Nacional y organismo de seguridad del Estado.
 
- Vehículos y motocicletas asignados al cuerpo diplomático.
 
- Vehículos con blindaje de nivel 3 o superior.
 
 
- Vehículos y motocicletas propulsados exclusivamente por motores eléctricos.
 
- Vehículos y motocicletas escolta que estén en servicio de actividades inherentes a la protección de personas debidamente autorizados.
 
- Carrozas fúnebres.
 
- Motocicletas vinculadas a empresas de servicio de mensajería debidamente identificadas.
 
- Motocicletas vinculadas a establecimientos de comercio que ofrezcan el servicio de domicilio y sean utilizadas exclusivamente para dicha labor.
 
- Vehículos y motocicletas de enseñanza automovilística.
 
- Vehículos y motocicletas destinas para el control operacional de TransMilenio.
 
- Vehículos y motocicletas destinadas al control de emisiones y vertimientos.
 

Fuente: SecretarÍa de movilidad




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