¿Qué vehículos están exentos de pagar impuesto en Colombia?

Dic 13, 2022
Redacción Carroya.com
¿Qué vehículos están exentos de pagar impuesto en Colombia?
Conoce qué vehículos están exentos de pagar el impuesto vehicular en Colombia. Foto: shutterstock.

En Colombia, así como en diferentes partes del mundo, existen impuestos (Como el impuesto vehicular en Colombia) que las personas que conducen deben pagar al momento de adquirir un vehículo pues con estos impuestos se hacen trabajos que permiten mantener las vías y generar nuevas obras que ofrezcan la infraestructura suficiente para tener más de estas vías por donde transitar por lo que es importante que tengas muy en cuenta la consulta del impuesto vehícular para que lo mantengas al día.

Si eres una persona que maneja algún tipo de vehículo (motos, automovil, camioneta, etc), seguramente sabrás que por ley este impuesto aplica para la gran mayoría de carros buses, camiones, camionetas, etc. que recorren las vías del país y que no tenerlo al día implicaría tener que pagar unas cuantas sumas de dinero en multas e incluso la inmovilización del vehículo.

Sin embargo y por si te lo estás preguntando, con el impuesto vehicular existen ciertas excepciones o exoneraciones que hacen que algunos vehículo no lo deban pagar entre los cuales están:

-Bicicletas

-Motonetas

-Motocicletas con un motor menor a los 125 CC

-Tractores y maquinaria agrícola.

-Cargadores y maquinaria para construcción.

-Maquinaria para uso industrial (que no deban transitar por las vías públicas o privadas abiertas al público).

-Vehículos de la empresa distrital de transporte urbano.

Es importante que recuerdes que los vehículos que están exentos de pagar impuesto vehícular son los que no se mueven con recurrencia por las vías públicas, que no afectan en gran medida la estructura de la ciudad (por peso y uso) o que prestan un servicio público a toda la población civil (transporte urbano),

¿Y qué pasa con los carros eléctricos e híbridos?
Sabemos lo que te estás preguntando, porque muy seguramente escuchaste que “los vehículos eléctricos e híbridos no pagaban impuesto” sin embargo, eso no es del todo cierto porque a pesar de que son vehículos que emiten bajas emisiones de gases y son relativamente amigable con el medio ambiente, siguen siendo vehículos que usan con regularidad las vías nacionales por lo que también son responsables por los daños y afectaciones que tengan.
Lo que sí es cierto es que estos vehículos, a partir de la ley 1965, cuentan con algunas excepciones y beneficios en cuanto al pago del impuestos del impuesto vehícular en donde las tarifas del impuesto de estos vehículos no podrán superar 1% de su valor comercial y en Bogotá hay beneficios adicionales como el descuento de 60% del impuesto para eléctricos y de 40% para híbridos.

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