¿Cuándo se suspende o se cancela la licencia de conducción?

Dic 11, 2014

 

Respuesta:
 
La licencia de conducción se suspenderá:
 
(Ley 1383 de 2010) 1. Por disposición de las autoridades de tránsito, basada en la imposibilidad transitoria, física o mental para conducir, soportado en un certificado médico o en el examen de aptitud física, mental o de coordinación expedida por un Centro de Reconocimiento de Conductores legalmente habilitado.
 
2. Por decisión judicial.
 
3. Por encontrarse manejando algún vehículo en estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas alucinógenas determinado por la autoridad competente de conformidad con lo consagrado en el artículo 152 de este Código.
 
4. Por prestar servicio público de transporte con carros particulares, salvo cuando el orden público lo justifique, previa decisión en tal sentido de la autoridad respectiva.
 
La licencia de conducción se cancelará:  
 
1. Por disposición de las autoridades de tránsito basada en la imposibilidad permanente física o mental para conducir, soportada en un certificado médico o en el examen de aptitud física, mental y de coordinación motriz expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores legalmente habilitado.
 
2. Por decisión judicial.
 
3. Por muerte del titular. La Registraduría Nacional del Estado Civil está obligada a reportar a los sistemas creados por los artículos 8 y 10 del presente ordenamiento, el fallecimiento del titular.
 
4. Reincidencia al encontrarse conduciendo en cualquier grado de estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas alucinógenas determinado por autoridad competente, en concordancia con el articulo 152 de este código.
5. Por reincidencia en la prestación del servicio público de transporte con automóviles particulares sin justa causa.
 
6. Por hacer uso de la licencia de conducción estando suspendida.
 
7. Por obtener por medios fraudulentos la expedición de una licencia de conducción, sin perjuicio de las acciones penales que correspondan.
 
Parágrafo. La suspensión o cancelación de la licencia de conducción implica la entrega obligatoria del documento a la autoridad de tránsito competente para imponer la sanción por el período de la suspensión o a partir de la cancelación de ella.
 
La notificación de la suspensión o cancelación de la licencia de conducción, se realizará de conformidad con las disposiciones aplicables del Código Contencioso Administrativo.
 
Transcurridos tres años desde la cancelación, el conductor podrá volver a solicitar una nueva licencia de conducción.
Calificación: 
4