¿Cómo realizar el traspaso de un vehículo?

Ago 20, 2021
Redacción Carroya.com
¿Cómo realizar el traspaso de un vehículo?
Si el propietario no realiza este trámite al momento de efectuar la venta de su vehículo, continuará respondiendo legal y administrativamente en caso de accidentes, usos inadecuados, impuestos, entre otros. Foto: iStock

¿Estás a punto de vender tu vehículo y quieres saber exactamente cómo realizar el traspaso de propiedad? Aquí te contamos todo lo que debes tener en cuenta al momento de cerrar legalmente tu negocio.

Lo primero que necesitas saber es que el traspaso vehícular consiste básicamente en realizar la inscripción del cambio de propietario(a) en el Registro Terrestre Automotor, presentando la solicitud respectiva en el Formulario Único Nacional ante el organismo de tránsito donde está matriculado el vehículo.

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Ahora, antes de dirigirte a un centro de Servicios Integrales para la Movilidad – SIM (entidad donde realizarás el trámite), valida que cuentas y cumples con los siguientes criterios:

1. Para adelantar el trámite las personas naturales o jurídicas deben estar debidamente inscritas en el sistema RUNT.

2. Presentar original del documento de identidad. Para nacionales mayores de edad: Cédula de ciudadanía - contraseña. Para menores de edad, tarjeta de identidad, contraseña. Para extranjeros mayores de edad: Cédula de extranjería o contraseña certificada (provisionalmente) o, pasaporte vigente.

3. Original de la licencia de tránsito o denuncia por perdida.

4. Paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito, tanto del comprador como del vendedor.

5. Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado. Descárgalo aquí

6. Contrato de compraventa, documento o declaración en la que conste la transferencia del derecho de dominio, celebrado con las exigencias de las normas civiles y/o mercantiles, con improntas adheridas en la parte final o al reverso del documento.

7. SOAT vigente incorporado en RUNT.

8. Revisión técnico mecánica cuando haya lugar a ella, incorporada en el Runt.

9. Recibo de pago por concepto de retención en la fuente, por parte del vendedor cuando este es una persona natural. Cuando el vendedor o comprador sea una persona jurídica deberá presentar certificado de existencia y representación legal no mayor a treinta (30) días por parte del sistema RUES.

10. Pago de impuesto sobre vehículos automotores (estar al día), los cuales se validarán en la página de la Secretaría de Hacienda. Excepto para trámites de   remolques, semirremolques y trámites habilitados para maquinaria agrícola, industrial y de construcción auto propulsada.

11. Pago de los derechos del trámite en los puntos de atención (ventanillas del banco). El cuál tiene un valor para automóvil, maquinaría agrícola y no automotores, remolques y semirremolques de $143.100 + Retefuente (1% sobre avalúo comercial). Y de $83.500 + Retefuente (1% sobre avalúo comercial) para motocicletas.

12. Si el vehículo tiene limitación o gravamen alguno a la propiedad, se debe adjuntar el documento reconocido y autenticado en el que conste su levantamiento o la autorización otorgada por el beneficiario del gravamen o limitación, en el sentido de aceptar la continuación de este con el nuevo propietario.

13. Cuando es de servicio público paz y salvo de la empresa donde se encuentra vinculado o afiliado.

14. Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar el contrato de mandato, poder general o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante. Si la autorización se lleva a cabo mediante poder especial, este debe tener presentación personal ante una notaría pública.

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Para tener en cuenta

El pago de los derechos del trámite de traspaso puede variar según el modelo y la gama del vehículo.
• Quien vende un vehículo está obligado a efectuar tanto la entrega material de bien como a efectuar el registro ante el organismo de tránsito en donde se encuentre matriculado, de no hacerlo continuará figurando como propietario y deberá responder como tal ante las autoridades judiciales y administrativas.

*Con información de Servicios Integrales para la Movilidad – SIM

Noticias@carroya.com




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